Eliges.org

E-mail Imprimir

Decálogo de un socialdemócrata: actualmente vigente el el ordenamiento jurídico español.

SocialdemocraciaAdvertencia: el Gobierno, compuesto por dirigentes de un partido político o coalición de partidos con mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados, tiene también bajo su control a las Cortes Generales y los nombramientos de los vocales y magistrados del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional.

1. Lo que la ley no le permite al Gobierno, se lo permite el reglamento. Como por ejemplo algunas ordenanzas que imponen sanciones pecuniarias mucho más gravosas que algunas penas o medidas de seguridad contempladas en el Código Penal.

2. Sustitución del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal por el régimen administrativo sancionador. Puesto que corresponde a los jueces el monopolio para la imposición de las penas, el Gobierno evita así la injerencia de aquéllos en la ejecución de la sanción, previa al proceso declarativo. Esto nos lleva en la práctica a la negación del derecho a un proceso con todas las garantías.

3. Principio disuasorio de la garantía jurisdiccional. El Gobierno puede establecer medidas disuasorias para que el ejecutado no recurra la multa ante los tribunales: aumento de la sanción por recurrir. Frente a la opinión pública se justifica mediante la fórmula de “rebajar la sanción por no recurrir”.


4. Lo que la irretroactividad de las normas sancionadoras estorba al Gobierno, se solventa mediante impuestos de carácter retroactivo.

5. Principio de intervención máxima.  Lo que no está prohibido deja de estar permitido pasando a ser obligatorio. La justificación de este principio frente a la opinión pública la asienta el Gobierno sobre dos ideas: a) la sociedad civil es menor de edad y el Estado debe tutelarla; b) los criminales son víctimas de la sociedad a la que hay que reglamentar.

6.  La finalidad de la norma sancionadora es recaudar fondos para el Estado. En su formulación primero se atiende a las apetencias recaudatorias del Gobierno y luego se le busca cualquier justificación que la haga medianamente aceptable frente a la opinión pública.

7. El dinero público no es de nadie, por lo que está a la libre disposición del Gobierno.

8. El ne bis in idem (no dos veces por lo mismo) no debe regir en el Derecho Tributario.

9.  Negación del principio de igualdad formal. Se burla este principio a través del principio de igualdad material estableciendo medidas de discriminación positiva y leyes de paridad que a su vez son aprovechadas por el Gobierno para favorecer mediante subvenciones a asociaciones, organizaciones no gubernamentales y fundaciones amigas.

10. Presunción de culpabilidad. A) Del ciudadano frente al Estado. La imposición de una multa es un acto administrativo y los actos administrativos gozan de presunción de legalidad. La consecuencia es que la carga de la prueba va a recaer sobre el sancionado que deberá probar su inocencia. B) Entre particulares. Amparándose en la igualdad material, especialmente en las medidas de discriminación positiva podrán establecerse presunciones de culpabilidad por razones de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Después de esto, ¿podría alguien negar que estemos en una dictadura?

Usar puntuación: / 4
MaloBueno